Avances y Desafíos para los Pueblos Indígenas a Cuatro Años de la Reforma de Telecomunicaciones  

Por: Erick Huerta Velázquez

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Foto: Desinformémonos

Este 26 de junio de 2017 se cumplen cuatro años de la Reforma de Telecomunicaciones en México que presentó como uno de sus principales avances el reconocimiento de los medios comunitarios e indígenas. Tuvieron que pasar 17 años para que lo establecido en los Acuerdos de San Andrés Larráinzar de 1994, incorporados a la Constitución en 2001, tuvieran su primera instrumentación legal en materia de telecomunicaciones.

La reforma sentaba las bases para el cumplimiento del Artículo 2º Constitucional y el Artículo 16 de la Declaración de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, que pueden resumirse en las siguientes metas:

  • La cobertura de telecomunicaciones en comunidades indígenas.
  • La existencia de condiciones para que los pueblos indígenas puedan adquirir, administrar y operar sus propios medios de comunicación.
  • El acceso a medios no indígenas sin discriminación.

El primero de estos aspectos se reflejó en el establecimiento de una mejor planeación del espectro, al incorporar la obligación de asegurar que en esta actividad se cumplieran los fines establecidos en el Artículo 2º Constitucional. Esto llevó a crear una reserva de espectro de 10Mhz en la banda GSM (800Mhz) para que comunidades indígenas u organizaciones sin fines de lucro pudieran prestar servicios de telefonía sobre este segmento, el cual podría serles asignado de manera directa sin el mecanismo de subasta.

La reserva establecida en la banda GSM dio lugar a la primera red de telefonía celular indígena en el mundo que, de forma pionera, logró prestar de manera sostenible servicios de telefonía en localidades de alta y muy alta marginación de entre 200 y 3 mil habitantes. Ello colocó a México a la vanguardia en regulación, pues esta acción logró lo que hasta entonces había resultado imposible: prestar servicios de telefonía en este tipo de localidades sin necesidad de subsidios.

Hoy en día esta red comunica a 22 localidades del estado de Oaxaca a precios accesibles, beneficiando a una población de 24 mil habitantes. Ello ha impulsado la llegada de Internet y la capacitación de técnicos indígenas. Por sus características, la red se expande lentamente pero de manera constante, tratando de satisfacer la amplia demanda de servicios, pues para estas localidades es en muchos casos el único medio de comunicación.

Sin embargo, no todo es miel sobre hojuelas. Una indebida armonización legislativa omitió establecer una clara exención en la Ley Federal de Derechos que liberara del pago por uso de espectro a estas localidades, como lo hizo para el pago de derechos por estudio y emisión de título de concesión, así como en el caso de frecuencias de radiodifusión. 

Derivado de lo anterior, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha iniciado gestiones de cobro a Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias (TIC AC), concesionaria social indígena, por 200 mil pesos para el 2016 y determinado el pago de 700 mil pesos para 2017. Las comunidades han solicitado el amparo de la Justicia Federal y en 2016 dos iniciativas legislativas –una del PRI en la Cámara de Diputados y otra del PRD en el Senado– buscaron enmendar el error sin que esto haya prosperado. En otras palabras, los avances pueden anularse por la falta de decisión política para resolver el problema.

Por lo que se refiere al segundo punto –la generación de condiciones para que los pueblos indígenas puedan adquirir, administrar y operar medios de comunicación–, la reforma estableció la concesión comunitaria e indígena con requisitos más accesibles para las comunidades. Los lineamientos que le siguieron incorporaron necesidades planteadas por los pueblos indígenas, como el reconocimiento de sus formas de ejercicio de la autoridad y de su personalidad jurídica.  

Estos avances han permitido que hasta ahora 15 radios comunitarias e indígenas estén operando y otras más han recibido recientemente su concesión. En el caso de las radios indígenas, el número aún es bajo comparado con la cantidad de proyectos radiofónicos que existen en estas comunidades. La razón es que aún se requiere un modelo de concesionamiento que vaya con las características de estas radios, las cuales, dado su tamaño, formas de organización y recursos tanto humanos como económicos, les hace difícil lidiar con el trámite de concesión y el cumplimiento de obligaciones, por mucho que se haya simplificado.

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Radio Jënpoj de Tlahuitoltepec Mixe, Oaxaca. Foto: María Álvarez Malvido

Otro de los elementos que aparecieron en la ley en favor de la radiodifusión indígena y comunitaria, fue el establecimiento de la obligación para la administración pública federal de destinar el 1% del presupuesto de publicidad oficial para concesionarios sociales comunitarios e indígenas. A cuatro años de la reforma, el IFT ha sido la única entidad que lo ha asignado y fue hasta este año.

Por último, en lo que se refiere al derecho de los pueblos indígenas a aparecer en medios no indígenas sin discriminación, la Constitución en su Artículo 6º estableció entre los fines de la radiodifusión, los contenidos en el Artículo 2º y 3º Constitucional, entre los que se establece fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural y el conocimiento de las culturas existentes en la Nación. Otras disposiciones establecidas en la reforma incorporaban en los derechos de las audiencias el contar con una programación plural.

Después de tres años de la reforma, los lineamientos en materia de derechos de las audiencias perfilaban herramientas mínimas para cumplir con los objetivos de esta y prometían una regulación posterior en materia de pluralidad. Sin embargo, estos derechos fueron controvertidos tanto por el Ejecutivo como por el Senado, mientras que la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa de reforma que anula los derechos de las audiencias.

Como podemos ver, los desafíos para los pueblos indígenas en materia de derechos a la comunicación son grandes. Ni siquiera los beneficios del descenso de tarifas en telefonía tuvieron el impacto que vimos en las ciudades. El efecto de la eliminación de tarifas de larga distancia solo disminuyó 4 pesos el costo del minuto, que ahora es de 10 pesos en los lugares que se atienden con telefonía rural. No podemos conocer con certeza el aumento en la cobertura de telefonía y acceso a Internet, pues las cifras presentan datos poco convincentes[1] y no se levantan estadísticas que midan cobertura por localidad.

No podemos negar que el IFT y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) han puesto de su parte para atender las necesidades de los pueblos indígenas en la materia, pero los avances aún son mínimos y existen riesgos inminentes de retroceso. Realmente hay poco que celebrar y mucho que hacer para atender la deuda que se tiene con los pueblos indígenas en materia de comunicación.


P.D. El próximo 9, 10 y 11 de agosto se llevará a cabo en Oaxaca el Foro Internacional sobre Medios Indígenas y Comunitarios organizado por el IFT con la participación de organizaciones de comunicación comunitaria e indígena. Sin duda este evento permitirá conocer las experiencias de otros países en el tema y replantear estrategias para alcanzar el cumplimiento de los objetivos de la reforma en lo que corresponde a los medios indígenas.

[1] Véase el informe de la Red en Defensa de los Derechos Digitales El Estirón de México Conectado.

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